Separación de bienes
Protege tu patrimonio y asegura tu independencia financiera
¿Qué implica la separación de bienes?
En Lagunas Abogados, somos expertos en la gestión de la separación de bienes, un régimen económico matrimonial que ofrece una clara independencia patrimonial a cada cónyuge. Por lo general, este régimen es el elegido por aquellas parejas cuyos miembros desean tener la garantía de que, en caso de producirse un divorcio, van a conservar la totalidad de su patrimonio propio. Esto se debe a que engloba cualquier propiedad, sin importar si es personal o real, que fuese adquirida, donada o heredada antes o durante el matrimonio por un solo cónyuge.
Bajo la separación de bienes, cada cónyuge es dueño y gestiona sus propios activos, tanto los que poseía antes de casarse como los que adquiera después. Estos bienes forman lo que se conoce como su patrimonio personal, sin mezclarse con los del otro cónyuge, lo que facilita una gestión financiera totalmente independiente.
En España, la separación de bienes está regulada por los artículos 1435 a 1444 del Código Civil. Para que este régimen sea legalmente válido y oponible frente a terceros, es indispensable formalizarlo a través de capitulaciones matrimoniales en escritura pública y firmarlas ante notario. Posteriormente, estas capitulaciones deben inscribirse en el Registro Civil.
El acuerdo debe contar siempre con el consentimiento expreso de ambos cónyuges, quienes tienen la flexibilidad de establecer la separación de bienes tanto antes como después de contraer matrimonio, siempre que actúen de mutuo acuerdo.
Características de la Separación de Bienes

Propiedad individual
Cada cónyuge es el propietario exclusivo de sus bienes presentes y futuros, sin perder su titularidad al casarse.
Autonomía financiera
Cada miembro de la pareja puede gestionar y disponer libremente de su propio capital sin necesidad de autorización o intervención del otro, salvo en el caso de la vivienda familiar.
Obligación económica individual
Cada persona hace frente a sus propias deudas con su patrimonio personal, sin comprometer el del otro cónyuge. Los acreedores no pueden ir contra los bienes del otro cónyuge.
Inexistencia de "masa común"
No se genera un patrimonio colectivo o «ganancial»; los bienes permanecen privativos de quien los adquiere.
Cargas familiares
Ambos cónyuges deben contribuir al sostenimiento de las cargas del matrimonio (como alimentación, educación de los hijos, gastos ordinarios del hogar) en proporción a sus ingresos o según lo que acuerden.
Protección de la vivienda familiar
Incluso si la vivienda familiar es propiedad privativa de uno solo de los cónyuges, se requiere la autorización del otro o una autorización judicial para poder venderla o disponer de ella. Esta medida busca salvaguardar la estabilidad del hogar.
Consideraciones a tener en cuenta en caso de divorcio
En un proceso de divorcio bajo el régimen de separación de bienes, la liquidación patrimonial suele ser más sencilla. Cada cónyuge conserva lo que está a su nombre, ya que no existe una masa de bienes gananciales a dividir. Los únicos bienes que podrían considerarse comunes son aquellos adquiridos o registrados conjuntamente.
No obstante, es importante saber que, en ciertos casos, puede haber lugar a compensaciones económicas para el cónyuge que se haya dedicado al cuidado del hogar o de la familia, y que por ello haya visto mermada su capacidad de generar patrimonio propio.
En Lagunas Abogados, te ofrecemos un asesoramiento experto y personalizado para que tomes la mejor decisión sobre tu régimen económico matrimonial. Ya sea que estés planeando tu matrimonio o desees modificar tu régimen actual, nuestro equipo te guiará en cada paso del proceso.
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